Marco legal para la innovación estrecha relación entre instituciones científicas y empresas

El Decreto Federal N° 9.283, del 7 de febrero de 2018, que reglamentó la Ley N° 13.243, del 11 de enero de 2016 (que establece medidas para incentivar la innovación y la investigación científica y tecnológica en el ámbito productivo), fue recibido por la comunidad académica y empresarial como “un paso importante” para acercar a las instituciones científicas y tecnológicas (TIC) y al sector productivo, aumentando las posibilidades de que el conocimiento llegue a las empresas y apalancando el desarrollo económico y social.

“El nuevo marco legal de Ciencia, Tecnología e Innovación (C,T&I) reconoce que la ciencia y la tecnología son actividades riesgosas y se enfocan en los resultados, no en los procedimientos”, dice Helena Nader, expresidenta de la Sociedad Brasileña para el Progreso de la Ciencia (SBPC). ). “El decreto es relevante, con el mejor formato posible”, dice Zaira Turchi, presidenta del Consejo de Fundaciones de Apoyo a la Investigación (Confap) y presidenta de la Fundación de Apoyo a la Investigación de Goiás.

“Los actores del ecosistema de innovación tendrán más seguridad jurídica porque la normativa ha definido lineamientos mínimos para la cooperación entre las TIC y el sector productivo”, comenta Gianna Sagazio, superintendente nacional y directora de Innovación del Instituto Euvaldo Lodi (IEL) de la Confederación Nacional de Industria (CNI).

“El decreto reduce la burocracia en el ámbito de la investigación y, a nivel de los estados, tiene una interfaz con los pedidos tecnológicos”, observa Francilene García, presidenta del Consejo Nacional de Secretarios de Estado para Asuntos de Ciencia, Tecnología e Innovación (Consecti) y ejecutiva secretario de Ciencia y Tecnología del Estado de Paraíba.

El decreto que reglamenta la ley prevé incentivos al desarrollo científico y tecnológico y modifica artículos de otros cuatro, entre ellos la Ley N° 8.666: en su artículo N° de investigación y desarrollo.

“El nuevo marco legal es el resultado de una creación colectiva, que tomó dos años para crear. Mientras la ley nº 13.243 tiene 18 artículos, el decreto que la reglamenta tiene 86, con el objetivo de esclarecer y brindar seguridad jurídica a los actores del sistema”, dice Álvaro Prata, secretario de Desarrollo e Innovación Tecnológica del Ministerio de Ciencia, Tecnología. , Innovaciones y Comunicaciones (MCTIC).

El decreto autoriza, por ejemplo, a las instituciones públicas a ceder directamente a las empresas el uso de inmuebles para la instalación de “entornos promotores de innovación” –parques tecnológicos, aceleradoras, entre otros–; relaja las reglas para la transferencia de tecnología de las TIC al sector privado; y posibilita que las instituciones públicas tengan una participación minoritaria en el capital de la empresa, directa o indirectamente, a través de fondos de inversión creados con recursos propios o de terceros, entre otras medidas.

“Si una universidad tiene una determinada tecnología, puede entrar como socio de un emprendimiento dispuesto a llevarla al mercado”, ejemplifica Jorge Campagnolo, director del Departamento de Políticas y Programas de Apoyo a la Innovación del MCTIC.

También amplía los mecanismos de subsidio para las micro, pequeñas y medianas empresas, implementando, entre otras medidas, el bono tecnológico, destinado al pago de la contratación de servicios tecnológicos; además de autorizar que el subsidio económico pueda ser utilizado por las empresas tanto para el financiamiento de actividades de investigación como para gastos de capital.

“Algunos obstáculos fueron solucionados por el marco legal y ratificados por la normativa”, afirma el director de Innovación de IEL/CNI, citando la posibilidad de que el Estado contrate directamente TIC o empresas para realizar actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i). ).

“Otra ganancia importante es la exención o reducción del impuesto de importación para las empresas en la ejecución de proyectos”, dijo Sagazio, aunque lamenta el veto presidencial al artículo de la ley No. .

Francilene García, presidenta de Consecti, espera que el gobierno vuelva a examinar algunos de los ocho vetos a la Ley N° 13.243, mostrando así la misma disposición “de propuesta de diálogo” que guió los debates sobre el decreto. Uno de esos vetos, menciona, distinguió a instituciones públicas y privadas en lo que respecta a la concesión y exención de impuestos sobre becas. “Las becas son un derecho de cualquier ciudadano, esté vinculado a instituciones públicas o privadas”, argumenta.

Representantes de la academia, el sector público y las empresas temen, sin embargo, que la “burocracia” plantee obstáculos que, en la evaluación de Sagazio, “solo se notarán en la aplicación del día a día de la nueva ley”.

A Turchi le preocupa la “interpretación” que los órganos de control harán de la nueva ley. “Hay temas que están en la ley desde hace 10 años. Si los tribunales y órganos de control no entienden y no asimilan los cambios, las instituciones serán rehenes de interpretaciones. Y este es un punto crucial. El rigor del control también contamina a las universidades, y los investigadores terminan teniendo que dedicar parte de su tiempo de investigación a tratar temas que no son fundamentales”, dijo.

organismos de control

“Lleva tiempo asimilar todo”, dice Prata. El Secretario de Desarrollo Tecnológico e Innovación del MCTIC agregó que se están realizando una serie de acciones para apoyar el nuevo marco legal de CT&I, involucrando a los ministerios de Hacienda y Desarrollo, Planificación y Gestión.

Cita como ejemplo el Sistema de Gestión de Acuerdos y Contratos de Transferencia (Siconv), una iniciativa del Gobierno Federal responsable de todo el ciclo de vida de los acuerdos, contratos de transferencia y términos de asociación, en los que se registran los actos, desde la formalización de la propuesta. hasta la rendición final de cuentas. “El sistema tendrá un módulo especial para ST&I. La ley y el decreto lo permiten”, dijo.

Prata también dice que se están preparando guías para aclarar los actores involucrados. “El Ministerio Público Federal y los fiscales que actúan en el área de CT&I necesitan estar preparados para defender las medidas previstas en el nuevo marco legal”, dice. Y agrega que las asesorías jurídicas del MCTIC y del Ministerio de Industria, Comercio Exterior y Servicios (MDIC) ya trabajan en la elaboración de un documento para armar a los fiscales a fin de “dar cumplimiento al decreto en su totalidad”.

También existe una guía para los sectores industriales, en la que participan el CNI, el Movimiento Empresarial por la Innovación (MEI) y la Asociación Nacional de Investigación y Desarrollo de Empresas Innovadoras (Anpei). “La industria necesita saber que puede asociarse con las TIC, crear startups públicas y privadas”, ejemplifica Prata. “El sector empresarial necesita darse cuenta de la dimensión que le da el decreto”.

La recomendación es válida para las TIC, que, según él, necesitan saber que pueden invitar a empresas a compartir espacio público, y para los investigadores, que “tienen que ser conscientes de que pueden trasladar los gastos de financiación al capital” en un porcentaje correspondiente a 20% del monto contratado sin autorización del concedente. “Cuando se trata de rendición de cuentas, lo importante es el resultado”.

Prata también recomienda que las agencias financiadoras “cubran” a las instituciones de investigación e investigadores para una mayor atención a las iniciativas autorizadas por el decreto con el fin de ampliar el alcance del proyecto en términos de resultados.

La especificidad de ST&I

Helena Nader -quien, durante tres mandatos (2011-2017) al frente de la SBPC, participó activamente en las negociaciones para el establecimiento del nuevo marco legal- reconoce que los avances en la legislación traducen una nueva comprensión de la "especificidad" de Actividades C. ,USTED. “El punto crucial es el reconocimiento de que estas son actividades diferentes a cualquier otra: involucran riesgo y por lo tanto requieren una evaluación diferente de los resultados”, dijo.

En rigor, subraya que el carácter particular de la investigación orientada a la innovación fue reconocido en 2015, cuando la Enmienda Constitucional N° 11 de enero de 2016, que modificó nueve leyes bajo la Enmienda 85.

“La Ley reunió lineamientos que estaban dispersos hasta entonces, con la perspectiva de que C,T&I implica riesgo y es diferente, por ejemplo, a la construcción de una carretera”, comparó el expresidente de la SBPC. “El Decreto N° 9.283, por el cual se reglamenta la Ley de 2016, entre otras leyes, así lo refleja”.

Desde esta perspectiva, el nuevo marco legal de C,T&I, por ejemplo, no contempla el reembolso cuando los objetivos de I+D no se alcancen “por riesgo tecnológico, siempre que sean fundamentados y aceptados por el concedente”, según el artículo 47. Y si durante el transcurso de la investigación surge la necesidad de adquirir un equipo o contratar un servicio, no previsto en el plan original, “el investigador puede reubicar recursos de un rubro a otro hasta el límite que establezca la legislación”, agrega Turchi.

Según la presidenta de Consitec, Francilene García, la nueva legislación define claramente el concepto de ecosistema y entiende que el flujo de iniciativas en CT&I necesita un camino diferente. “Los experimentos con organismos vivos para el desarrollo de vacunas, por ejemplo, no deben seguir las mismas reglas que se usan para importar productos básicos”, dijo.

Carlos Américo Pacheco, director-presidente del Consejo Técnico Administrativo de la FAPESP, observa que la preocupación por los recursos para CT&I es, en general, el foco de atención, ya que son esenciales, “aún más hoy”. Pero enfatiza que “el entorno institucional es un aspecto central de cualquier sistema de innovación. El ejemplo norteamericano lo revela claramente, en el fomento de las alianzas y la comercialización de los resultados de la investigación, o incluso en el carácter privado sin fines de lucro de sus mejores universidades y laboratorios. La Ley de Innovación francesa es otro ejemplo. Todo esto ha inspirado innovaciones institucionales en todo el mundo”.

Continúa: “En 2001, en la Conferencia Nacional de CT&I, tuvimos una primera discusión organizada sobre este tema y debatimos la primera versión de la Ley de Innovación, que finalmente fue aprobada en 2004. Ahora damos otro paso importante hacia la modernización de nuestro sistema de innovación. . La clave a partir de ahora será ejercitar las posibilidades que abre el nuevo marco legal. Estas cosas no son automáticas”.

En la evaluación de Pacheco, el marco legal crea “posibilidades” que deben ser puestas en práctica por los actores y que deben ser fomentadas por las agencias. “Con el tiempo, podremos experimentar con estas nuevas soluciones, probarlas y verificar su eficacia. Y siempre tenga en cuenta que esta es una construcción, que de vez en cuando tiene que ser revisada. Lo esencial es seguir adelante”.

Marcos regulatorios estatales

El nuevo marco legal para la investigación e innovación científica y tecnológica está en la agenda de la próxima reunión de la Confap, del 7 al 9 de marzo, en Santa Catarina. “Vamos a discutir los desarrollos de la legislación en los estados”, dice Turchi. “Con excepción de São Paulo y Minas Gerais, que ya revisaron sus marcos regulatorios a la luz de la Ley 13.243, los marcos regulatorios de los demás tendrán que ser revisados”, dice el presidente del Consejo de FAPs.

“En la mayoría de los estados, la ley de innovación necesita ser actualizada y, en algunos, necesita ser creada, incorporando aspectos del nuevo marco legal”, agrega la presidenta de Consecti, Francilene García, quien, junto con Confap, trabaja para su implementación. en todo el territorio nacional.

“El decreto abre innumerables posibilidades que necesitan ser implementadas”, reitera Prata. “Los estados más conservadores serán presionados por las instituciones para avanzar con el decreto. Así como se vieron obligados a crear FAP y Secretarías de Ciencia y Tecnología, se verán obligados a utilizar elementos del nuevo marco legal para avanzar en CT&I”, pronostica.

Las actividades de CyT&I en São Paulo fueron reguladas por el Decreto N° 62.817, de 4 de septiembre de 2017. El texto fue elaborado por un grupo de trabajo integrado por 14 especialistas y representantes de las Instituciones Científicas y Tecnológicas del Estado (ICTESP), entre ellas ellos un representante de la FAPESP, el director administrativo Fernando Menezes, quien participó como miembro designado.

“El decreto de São Paulo ya prevé la renuncia a la licitación para la compra de insumos para proyectos de investigación científica y tecnológica y la posibilidad de que universidades e instituciones de investigación compartan el uso de laboratorios, equipos y otras instalaciones con empresas para realizar investigaciones”, dice Menezes.

La legislación de São Paulo también brinda mayor seguridad jurídica a los investigadores de las instituciones de investigación del estado al establecer asociaciones de I+D con el sector privado. Permite, por ejemplo, que los investigadores participen de las ganancias económicas de la licencia de tecnología y tengan la posibilidad de obtener una licencia para establecer empresas o brindar consultoría técnico-científica, por ejemplo.

El decreto de São Paulo también contempla la internacionalización de las TIC públicas que estén autorizadas para realizar actividades, destinar recursos humanos y enviar equipos al exterior, entre otras iniciativas.

 

Fuente: FAPESP

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